Seguridad vial
Proyecto aprobado por los diputados dispone también que solo dos personas podrán ir en motos y con sus cascos.

También establece que solo dos personas podrán transportarse en motos, con sus cascos protectores, y cuando se trata del servicio de “motoconcho”, con chalecos reflectores que les identifiquen, si transitan en la noche.
El proyecto, de la autoría del diputado Tobías Crespo, que fue aprobado con 139 votos favorables y uno en contra, también faculta a los ayuntamientos a establecer la localización de paradas para motoconchistas.
Los cabildos llevarán un registro de los motores que “concharán”, independiente al que hace la Dirección General de Impuestos Internos. Los ayuntamientos limitarán su cantidad y asignarán las rutas, de acuerdo con la necesidad de cada comunidad.
Prohibiciones
Cuando entre en vigencia este proyecto, que aún le falta el voto de los senadores, se obliga a que las dos personas que se movilicen en una motocicleta lleven cascos protectores.
Cuando se trate de un “concho”, en el casco debe estar el número de placa, al igual que en el chaleco. Los motoconchistas deberán estar provisto de un seguro, licencia categoría uno, sus luces y espejos retrovisores y sistema de escape de sonido como vino de fábrica.
Lo nuevo
La misma deroga la Ley número 241, del 28 de diciembre de 1967, de Tránsito de Vehículos en la República Dominicana. Crespo, presidente de la Comisión Permanente de Obras Públicas y Seguridad Vial dijo que el proyecto por más de cinco años ha sido consensuado con los distintos sectores e instituciones privadas y oficiales. Recordó que fue declarado de alto interés nacional por el Congreso, luego de hacer vistas públicas y escuchar a todos los interesados.TOMADO DE LISTINDIARIO
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