Santo Domingo. -El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó el recurso de impugnación, oposición y nulidad radical y absoluta de la Resolución número 049-2023 del tres de agosto de 2023, de la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del Partido Revolucionario Moderno (PRM) incoada el pasado 15 de agosto, por la señora Rosa Amalia Pilarte de López contra el partido oficial.
Los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente; Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramirez y Fernando Fernandez Cruz, confirmó en todas sus partes la Resolución número 049-2023, dictada por la CNEI del PRM el pasado tres de agosto.
La Alta Corte determinó que la resolución está fundamentada en la Ley, número 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Político, en los estatutos vigentes del PRM y en los reglamentos internos de la organización política.
Asimismo, el Tribunal rechazó la imposición del astriente solicitado por la parte impugnante por ser asesoría a la demanda principal.
La decisión fue adoptada con el voto mayoritario de los jueces y el voto disidente de la magistrada Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramirez.
Otro caso
En cuanto a la “solicitud de auto de extrema urgencia para conocer la Demanda en referimiento preventivo en suspensión provisional de los efectos de la resolución No. 049-2023, del tres de agosto de 2023, de la CNEI del PRM” el Tribunal ratificó el defecto solicitado por la parte demandada hacia la parte demandante por no estar presente ni representada y con relación al fondo de ese caso fue dejado en estado de fallo reservado.AL
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