Al ponderar los elementos de prueba presentados por el Ministerio Público, los jueces Diógenes Dámaso, Luis Marte y Angélica Calderón, del Tribunal Colegiado, dictaron la sentencia contra el encartado y ordenaron su cumplimiento en la cárcel pública de San Juan de la Maguana.
La identidad del hombre fue omitida por haber sido condenado en el 2021 a la pena máxima de 20 años de prisión en un proceso paralelo por violación sexual contra una hija menor edad, que procreó con una pareja anterior.
Sobre el intento de asesinato, ocurrido el 11 de febrero de 2020, un comunicado destaca que en el proceso la fiscal titular de la Unidad de Atención a la Violencia de Género, Danelys Medina, junto a las fiscales litigantes Matti Noboa y Sara Cuevas, aportaron las pruebas con las que quedó demostrada su responsabilidad penal en el caso.
El expediente acusatorio detalla que el condenado intentó asesinar a la mujer luego de invitarla a salir, en un momento en que se detuvo en el municipio Juan de Herrera, supuestamente a fumar un cigarrillo.
Sostuvo que en esas circunstancias el hombre aprovechó para sacar un cuchillo de 26 pulgadas, con la que le propinó varias cortaduras a la víctima, causándole daños permanentes.
De acuerdo con un certificado médico, la mujer recibió heridas múltiples, por lo que le fue amputada la pierna derecha y un segmento del antebrazo de la mano izquierda.
Según la acusación, luego de cometer el hecho, el encartado emprendió la huida.
Establece que durante las diligencias investigativas, el Ministerio Público logró que fuera localizado y arrestado el 26 de junio de 2020 en el sector Villas Agrícolas, del Distrito Nacional, en Santo Domingo.
Antes de ser arrestado era buscado por las autoridades por el caso de incesto por el que previamente había sido procesado y condenado.
Cuando cumpla la sentencia de 20 años por el abuso sexual contra su hija, el procesado deberá pasar diez años más en prisión, hasta completar la pena máxima de 30 años que ahora le fue impuesta por el intento de asesinato contra su expareja, previsto y sancionado por los artículos 2, 295, 296, 297 y 302 del Código Penal, además por los artículos 309-1, 309-2 y 309-3 de dicha norma, modificada por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género e Intrafamiliar y Delitos Sexuales.
Tomado de Armariolibre.com
0 comentarios:
Publicar un comentario