Samuel Pereyra Rojas, y a la que fue invitado el superintendente de Bancos, Alejandro Fernández W.
Mediante la Circular 029-20 publicada este lunes, la Superintendencia de Bancos creó la “Cuenta Básica” para ciudadanos que nunca han tenido acceso al sistema financiero formal y para dar una segunda oportunidad a personas excluidas de las cuentas de nómina por razones legales o de tipo crediticio.
SANTO DOMINGO, República Dominicana. - El Banco de
Reservas anunció hoy la creación de su nuevo producto "Cuenta de Ahorros Nómina Inclusiva”, para dar acceso a los
servicios financieros a un segmento de la población trabajadora que por razones
judiciales o crediticias están excluidas del sistema bancario.
Con
esa decisión la entidad financiera estatal es la primera en acogerse a la
Circular 029-20, emitida este lunes por la Superintendencia de Bancos, que
concibe la “Cuenta Básica” para los excluidos de los servicios bancarios
formales.
La
puesta en vigencia de la "Cuenta
de Ahorros Nómina Inclusiva” por parte del Banreservas fue anunciada durante
una rueda de prensa encabezada por el administrador general de la institución
financiera, Samuel Pereyra Rojas, y a la que fue invitado el superintendente de
Bancos, Alejandro Fernández W.
La
“Cuenta Básica” concebida por la SIB es de ejecución voluntaria por los
intermediarios financieros y tiene dos componentes: Una cuenta que servirá para
ahorrar y usar medios de pago, como internet banking y tarjetas de débito y una
cuenta de nómina para recibir pago de salario.
Según explicó Fernández W. en su cuenta de twitter, previo a la rueda de prensa, la cuenta básica de nómina servirá para darle una segunda oportunidad a las personas que en el pasado han entrado en conflicto con ley o han tenido problemas con su historial de crédito.
“La inclusión financiera es un proceso de integración de los servicios
financieros a las actividades económicas cotidianas de la población, lo cual
constituye un reto para el Estado con el fin de eliminar las barreras que
impiden a cientos de miles de ciudadanos tener crecimiento económico para
superar la pobreza”, estipula la Circular de la SIB.
El
administrador general de Banreservas afirmó que la Circular de la
Superintendencia de Bancos facilita que miles de personas que antes no podían
ser sujetos de empleo y crédito bancario por diversas causas, ahora puedan
acceder al sistema formal a través o con el apoyo de este producto de ahorro.
“Con
esta disposición, la Superintendencia de Bancos abre las puertas a facilidades
bancarias que antes, por diversas razones, permanecían cerradas para un
importante segmento de la población que quiere y merece la oportunidad de
participar de manera formal en el sistema productivo nacional, además de
promover la creación de empleos, especialmente para los jóvenes que comienzan a
trabajar”, subrayó Pereyra.
La SIB sugiere que las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) pueden abrir, a partir del primero de diciembre, una Cuenta Básica de Ahorros o una Cuenta Básica de Ahorros para Nómina a las personas que por diferentes motivos se encuentran excluidos del sistema financiero, entre ellos quienes tienen antecedentes penales o están en proceso de judicialización.
Balance permitido
Las
cuentas básicas de ahorros no podrán recibir depósitos ni mantener balances por
un monto superior a RD$45,000, durante un periodo de 30 días. Se podrán abrir
de manera presencial o no presencial. En los casos de cuentas para fines de
nómina serán exclusivamente para recibir el salario del trabajador, y no se les
aplicará el límite del monto a recibir y del balance a mantener.
“Los antecedentes penales de un trabajador no podrán ser obstáculo ni causal de rechazo para la apertura de la cuenta básica de ahorros para pagos de nómina a los trabajadores”, dispone la SIB en el numeral 15 de la resolución.
Documentación mínima
Para
abrir una Cuenta Básica de Ahorros se requerirá una documentación mínima con el
nombre, fecha de nacimiento, cédula de identidad del potencial cliente, estado
civil, domicilio y número de teléfono. Solo se podrá disponer de una sola
cuenta de este tipo, que deberá ser monitoreada por las Entidades de
Intermediación Financiera e informar a la SIB.
También
podrán beneficiarse con este tipo de cuentas las personas con antecedentes
penales, las que han sido descargadas mediante sentencia o quienes enfrentan un
proceso judicial no concluido, para lo cual deberán presentar una copia
certificada expedida por la autoridad judicial competente.
Esta facilidad está dirigida a personas físicas nacionales o extranjeras residentes legales, que al momento de solicitar la apertura no dispongan de una cuenta de ahorros ni de productos de créditos en el sistema financiero.
www.realidadesdepedernales.com enviada a este medio por la Dirección General de Relaciones Públicas. Noviembre de 2020
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