El Juzgado de Primera Instancia de la Cámara Civil de San Pedro de Macorís falló a favor de un grupo de 28 dominicanos de ascendencia haitiana que interpusieron un recurso de amparo contra la Junta Central Electoral, por negarse a entregarle su cédula de identidad
La sentencia número 259-12, recoge de forma expresa que la JCE violentó el derecho a la dignidad humana, igualdad, nacionalidad e identidad, entre otros derechos que establece la Constitución dominicana.
La decisión fue tomada por el juez Luis Alberto Adames Mejía, quien ordenó a la JCE, al director General de Cedulación y a las Juntas Electorales de los municipios de San Pedro de Macorís, Quisqueya, Cosuelo, San José de los Llanos y Ramón Santana a entregar el plástico a cada uno de los demandantes.
De igual forma, la JCE tendría que pagar a favor de cada uno de los afectados la suma de mil pesos por cada día de retraso a partir de los diez días siguiente a la notificación.
El 11 de mayo pasado 28 dominicanos de ascendencia haitiana depositaron un recurso de amparo contra la JCE y Juntas Electorales de los mencionados municipios ante la negativa de hacerles entrega de su cédula de identidad. La acción judicial fue interpuesta por los abogados María Victoria Méndez Castro y Natanael Santana Ramírez.
Los demandantes intentaron inscribirse en las mencionadas Juntas Electorales desde finales de noviembre del año pasado, pero la JCE le exigía requisitos no establecidos por la ley para la obtención del documento.
www.realidadesdepedernales.com Tomado del Listín Diario
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